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Puede parecer fácil. De hecho, algunos propietarios y
presidentes de comunidades así lo piensan y por ello
asumen papeles protagonistas frente a sus vecinos en el
tiempo que les permite su horario laboral, dando
indicaciones de qué hay hacer, cuándo y cómo,
pretendiendo que el Administrador colegiado sea su
"administrativo".
Sin embargo la realidad de la
comunidad es mucho más compleja. Los propietarios, el
presidente entre ellos, deben saber cómo es la comunidad
en la que conviven y hacen aprovechamiento conjunto de
sus instalaciones y servicios para saber qué futuro
quieren de la misma, después expresarlo en la junta
general, que es la única que puede decidir, para que,
finalmente, el Administrador proponga los medios de
llevarlo a cabo y se vea plasmado en el año que dura su
gestión.
En el conjunto de la comunidad se dan cita
una multitud de normas cuya infracción puede provocar daños en
los bienes y las personas; también coinciden los intereses
muchas veces contrapuestos de los propietarios y la combinación
de todo el conjunto en la gestión económica: presupuesto de
gastos y modo de atenderlos.
El Administrador colegiado es el profesional
que aúna el conocimiento y la habilidad y asume la
responsabilidad civil, aspectos de los que carece quien sólo
parcialmente quiere administrar bienes ajenos.
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